martes, 25 de febrero de 2014

EL PAPEL DE LA CIRCUNSTANCIA

LA INFLUENCIA DE LA CIRCUNSTANCIA EN LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL

El comportamiento humano, en nuestro caso el comportamiento del conductor, es producto de una interacción entre la persona y el entorno físico (la circulación rodada). Mayoritariamente, siempre se habla de circunstancias personales del conductor que le han llevado a cometer una infracción penal en materia de seguridad vial, obviando casi siempre el segundo aspecto mencionado antes, (la circulación y lo que la rodea), que es el escenario por el cual ayuda a convertir las inclinaciones delictivas en acción; mostrando algunas vías (ya sean urbanas o interurbanas) más oportunidades delictivas que otras, como ejemplo: una carretera de varios carriles, anchos, y en línea recta nos puede dar la oportunidad de rebasar el límite de velocidad y más aun si por ella no circula nadie.
En nuestra sociedad no tenemos asimilado todavía que existen infracciones penales en materia de seguridad vial, son delitos, pero parece que no tienen la categoría que tienen las demás infracciones penales como pueden ser la violencia de género o en caso extremo los homicidios o asesinatos, por ejemplo. Sólo hay que ver cuando el Agente encargado de la vigilancia del tráfico le dice a un conductor que va a ser detenido por sobrepasar la tasa de alcoholemia (por ejemplo), la contestación que le dan (normalmente) es “pues si yo no he matado a nadie, sólo he bebido un poco señor agente…”, a lo que Felson (1998) vino a llamar la “Falacia del No-Yo”
Si reducimos el esquema del delito al máximo nos encontramos dos elementos imprescindibles: el sujeto delincuente y las circunstancias que rodean al acto delictivo. Pero, ¿cómo explica la circunstancia el delito? Pues de una manera muy resumida puede ser la siguiente: podríamos decir que la circunstancia es una combinación de tiempo y espacio donde el delito se hace probable; siendo los factores fundamentales el espacio, el tiempo y el azar. Como sabemos siempre que se ha estudiado el fenómeno delictivo, se ha empezado por el ser humano, indagando el por qué rompe con las normas y se ha dejado en un segundo plano a las circunstancias que rodean ese hecho, siendo factores importantes para la comisión del hecho delictivo o conducta antisocial, muy típicas en el tráfico.
Los delitos contra la seguridad vial tienen un factor circunstancial muy grande, ya que muchas veces se sabe de la comisión de la infracción penal por alguna “circunstancia” (confluencia de tiempo, espacio y sobretodo azar) externa a la voluntad de su autor; como puede ser hallarse involucrado en un siniestro vial y de ahí averiguar los agentes encargados de la vigilancia del tráfico la comisión de un hecho delictivo, como puede ser conducir sin haber obtenido el permiso de conducción. En nuestro caso, esa circunstancia es fundamental para la averiguación de la comisión de estos delitos, ya que una vigilancia exhaustiva de los mismos es inviable hoy en día, ya que se producen infinidad de desplazamientos de vehículos y es imposible el seguimiento de todos ellos, por eso la circunstancia  juega un papel fundamental para la averiguación de este tipo tan específicos de delitos que son contra la seguridad vial.

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