LA INFLUENCIA DE LA CIRCUNSTANCIA EN LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
El
comportamiento humano, en nuestro caso el comportamiento del
conductor, es producto de una interacción entre la persona y el
entorno físico (la circulación rodada). Mayoritariamente, siempre
se habla de circunstancias personales del conductor que le han
llevado a cometer una infracción penal en materia de seguridad vial,
obviando casi siempre el segundo aspecto mencionado antes, (la
circulación y lo que la rodea), que es el escenario por el cual
ayuda a convertir las inclinaciones delictivas en acción; mostrando
algunas vías (ya sean urbanas o interurbanas) más oportunidades delictivas que otras, como ejemplo:
una carretera de varios carriles, anchos, y en línea recta nos puede
dar la oportunidad de rebasar el límite de velocidad y más aun si
por ella no circula nadie.
En
nuestra sociedad no tenemos asimilado todavía que existen
infracciones penales en materia de seguridad vial, son delitos, pero
parece que no tienen la categoría que tienen las demás infracciones
penales como pueden ser la violencia de género o en caso extremo los
homicidios o asesinatos, por ejemplo. Sólo hay que ver cuando el
Agente encargado de la vigilancia del tráfico le dice a un conductor
que va a ser detenido por sobrepasar la tasa de alcoholemia (por ejemplo), la
contestación que le dan (normalmente) es “pues si yo no he matado
a nadie, sólo he bebido un poco señor agente…”, a lo que Felson
(1998) vino a llamar la “Falacia del No-Yo”
Si
reducimos el esquema del delito al máximo nos encontramos dos
elementos imprescindibles: el sujeto delincuente y las circunstancias
que rodean al acto delictivo. Pero, ¿cómo explica la circunstancia
el delito? Pues de una manera muy resumida puede ser la siguiente:
podríamos decir que la circunstancia es una combinación de tiempo y
espacio donde el delito se hace probable; siendo los factores
fundamentales el espacio, el tiempo y el azar. Como sabemos siempre
que se ha estudiado el fenómeno delictivo, se ha empezado por el ser
humano, indagando el por qué rompe con las normas y se ha dejado en
un segundo plano a las circunstancias que rodean ese hecho, siendo
factores importantes para la comisión del hecho delictivo o conducta
antisocial, muy típicas en el tráfico.
Los
delitos contra la seguridad vial tienen un factor circunstancial muy
grande, ya que muchas veces se sabe de la comisión de la infracción
penal por alguna “circunstancia” (confluencia de tiempo, espacio y sobretodo azar) externa
a la voluntad de su autor; como puede ser hallarse involucrado en un
siniestro vial y de ahí averiguar los agentes encargados de la
vigilancia del tráfico la comisión de un hecho delictivo, como
puede ser conducir sin haber obtenido el permiso de conducción. En
nuestro caso, esa circunstancia es fundamental para la averiguación de
la comisión de estos delitos, ya que una vigilancia exhaustiva de
los mismos es inviable hoy en día, ya que se producen infinidad de
desplazamientos de vehículos y es imposible el seguimiento de todos
ellos, por eso la circunstancia juega un papel fundamental para la averiguación de este tipo tan
específicos de delitos que son contra la seguridad vial.
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